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miércoles, mayo 21, 2025
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Por decreto, Javier Milei limita el derecho a huelga y amplía las actividades esenciales

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A través del decreto de necesidad y urgencia 340/2025, el gobierno de Javier Milei limita el derecho a huelga y amplía las actividades consideradas esenciales. Es decir, las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto.

“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, dice el artículo 3 de la normativa. Y amplía: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.

Según el nuevo decreto, se considerarán servicios esenciales a las siguientes actividades:

Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos;La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales;La aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios;Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior;El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial; yEl transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.

Como la medida está enmarcada en una serie de desregulaciones en el sector de la marina mercante, el decreto lleva, además de la firma de Milei, la adhesión de los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Adolfo Sturzenegger (Desregulación del Estado).

El abogado laboralista Matías Cremonte, titular de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, expresó su rechazo a la normativa a través de las redes sociales. “Se prohibe hacer huelgas”, señalo el exasesor laboral del gremio estatal de ATE. Y agregó: “La legislación argentina, hasta esta ilegal modificación, siguiendo a la OIT [Organización Internacional del Trabajo] sólo consideraba esencial a los servicios cuya interrupción pueda poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población. Tiene una finalidad concreta, que no es prohibir la huelga”.

Se publicó hoy en el BO el Decreto 340/25 mediante el que el Gobierno vuelve a la carga contra el derecho de huelga. Igual que como en el declarado inconstitucional DNU 70/23, amplía de tal modo los servicios esenciales que prácticamente prohibe hacer huelgas 1/7👇

— Matías Cremonte (@matias_cremonte) May 21, 2025

Paritaria docente

En otro decreto, el gobierno nacional oficializó la eliminación de la participación directa del Estado en las negociaciones salariales docentes a nivel federal. A través de la normativa 341/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, se modificó el esquema previsto por la ley para dejar en manos del Consejo Federal de Educación y de los sindicatos con representación nacional el acuerdo sobre condiciones laborales, calendario escolar, salario mínimo y carrera docente. La Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano ya no formará parte de la mesa paritaria y solo podrá intervenir si existen objeciones presupuestarias una vez alcanzado el convenio.

La medida implica un giro en el rol del Estado nacional en el sistema educativo. La decisión se fundamenta en la transferencia previa de los servicios educativos a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que son consideradas las empleadoras naturales de los docentes en cada jurisdicción.

Según la norma, el Consejo Federal de Educación -que nuclea a los ministros del área de las 24 jurisdicciones del país- será el encargado de negociar directamente con los gremios. La Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano solo participará de forma posterior, revisando la viabilidad fiscal de lo pactado. En caso de que el acuerdo no pueda aplicarse por limitaciones presupuestarias, podrá rechazarlo y solicitar una nueva propuesta.

A través del decreto de necesidad y urgencia 340/2025, el gobierno de Javier Milei limita el derecho a huelga y amplía las actividades consideradas esenciales. Es decir, las actividades que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto.

“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, dice el artículo 3 de la normativa. Y amplía: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.

Según el nuevo decreto, se considerarán servicios esenciales a las siguientes actividades:

Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos;La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable, gas y otros combustibles y energía eléctrica;Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo internet y comunicaciones satelitales;La aeronáutica comercial y el control de tráfico aéreo y portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios;Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior;El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial; yEl transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.

Como la medida está enmarcada en una serie de desregulaciones en el sector de la marina mercante, el decreto lleva, además de la firma de Milei, la adhesión de los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Adolfo Sturzenegger (Desregulación del Estado).

El abogado laboralista Matías Cremonte, titular de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, expresó su rechazo a la normativa a través de las redes sociales. “Se prohibe hacer huelgas”, señalo el exasesor laboral del gremio estatal de ATE. Y agregó: “La legislación argentina, hasta esta ilegal modificación, siguiendo a la OIT [Organización Internacional del Trabajo] sólo consideraba esencial a los servicios cuya interrupción pueda poner en peligro la vida, la salud o la seguridad de la población. Tiene una finalidad concreta, que no es prohibir la huelga”.

Se publicó hoy en el BO el Decreto 340/25 mediante el que el Gobierno vuelve a la carga contra el derecho de huelga. Igual que como en el declarado inconstitucional DNU 70/23, amplía de tal modo los servicios esenciales que prácticamente prohibe hacer huelgas 1/7👇

— Matías Cremonte (@matias_cremonte) May 21, 2025

Paritaria docente

En otro decreto, el gobierno nacional oficializó la eliminación de la participación directa del Estado en las negociaciones salariales docentes a nivel federal. A través de la normativa 341/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, se modificó el esquema previsto por la ley para dejar en manos del Consejo Federal de Educación y de los sindicatos con representación nacional el acuerdo sobre condiciones laborales, calendario escolar, salario mínimo y carrera docente. La Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano ya no formará parte de la mesa paritaria y solo podrá intervenir si existen objeciones presupuestarias una vez alcanzado el convenio.

La medida implica un giro en el rol del Estado nacional en el sistema educativo. La decisión se fundamenta en la transferencia previa de los servicios educativos a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que son consideradas las empleadoras naturales de los docentes en cada jurisdicción.

Según la norma, el Consejo Federal de Educación -que nuclea a los ministros del área de las 24 jurisdicciones del país- será el encargado de negociar directamente con los gremios. La Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano solo participará de forma posterior, revisando la viabilidad fiscal de lo pactado. En caso de que el acuerdo no pueda aplicarse por limitaciones presupuestarias, podrá rechazarlo y solicitar una nueva propuesta.

 Incluye al transporte de cargas, portuarios y transporte aerocimercial  LA NACION