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viernes, junio 6, 2025
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Reducen los controles para comprar autos, inmuebles y hacer depósitos bancarios

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En el marco de las medidas anunciadas por el Gobierno para que los argentinos usen los dólares en el colchón, la Unidad de Información Financiera (UIF) flexibilizó los controles para comprar autos, inmuebles y hacer depósitos bancarios en efectivo.

Según la resolución 78/2025 a la que accedió LA NACION, firmada este miércoles, pero que se publicó hoy en el Boletín Oficial, esas operaciones tendrán nuevos umbrales para quedar en la mira de los organismos de control.

Según la normativa, sólo se informarán desde ahora las inscripciones de compraventa de inmuebles por montos superiores a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos, vitales y móviles. Esto quiere decir a $235.050.000, o sea, unos US$200.000 al tipo de cambio de hoy. Previamente, estaba en los 200 salarios, o sea, $62.680.000.

Para la compra de autos, en tanto, el artículo dos de la norma estimó que en el caso de clientes que realicen las operaciones sobre automotores por un monto anual que alcance o supere la suma de $115.000.000 [monto que también se actualizará en enero y julio], los sujetos obligados deberán definir un perfil del cliente, que estará basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial y financiera (copia autenticada de escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realizó la compra; documentación bancaria de donde surja la existencia de los fondos; documentación que acredite la venta de bienes muebles, inmuebles, valores o semovientes, por importes suficientes; declaración jurada de origen y licitud de los fondos y/o cualquier otra documentación que respalde la tenencia de fondos lícitos suficientes para realizar la operación) que hubiera proporcionado el cliente, y/o en la información y documentación que hubiera podido obtener el propio sujeto obligado. Los sujetos obligados no podrán requerir declaraciones juradas impositivas”, se escribió.

El monto estaba en los $100.207.388, según pudo verificar LA NACION.

Además, se sube otro umbral vinculado la adquisición de autos asociado al inciso 2 del artículo 26 de la Resolución UIF N° 127/2012 y sus modificatorias. Pasará a ser por un monto superior a $50.000.000. En la actualidad está en $43.423.202, según los expertos.

“Los montos establecidos en el presente artículo serán actualizados de manera automática durante los meses de enero y julio de cada periodo, en base al porcentaje de incremento del Índice de Precios del Sector Automotor acumulado en los últimos 6 meses, a partir del día siguiente hábil de la fecha de la publicación en la página web de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina”, dice el texto.

Los depósitos en efectivo

Con relación a los depósitos en efectivo, el artículo 6 de la renovada legislación, habla de que se pedirá información sobre el origen de los fondos cuando superen los $12.536000, casi unos US$10.500 Actualmente, esa barrera estaba en los US$5000.

“En aquellos depósitos por importes iguales o superiores a cuarenta (40) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, los sujetos obligados [en este caso los bancos] deberán identificar a la persona que efectúe la operación, en los términos establecidos en la presente resolución, requiriéndole información y dejando constancia de ello, si es realizada por sí o por cuenta de un tercero, en cuyo caso, se procederá a recabar el nombre completo y/o denominación social de este último, y el número de documento o clave de identificación fiscal (CUIT, CUIL o CDI), según corresponda”, se estimó en ese articulado.

“Aquellas operaciones que se realicen utilizando algún medio de identificación con clave provisto previamente por el sujeto obligado al depositante, tales como tarjetas magnéticas, o los efectuados en cuentas recaudadoras, quedarán exceptuados del procedimiento de identificación de la persona que lo efectúa debiendo, no obstante, registrarse por cuenta de quién es efectuada la transacción”, dijeron.

“Cada sujeto obligado deberá tomar medidas tendientes a mitigar los riesgos de LA/FT/FP de aquellas actividades que operen altos volúmenes de dinero en efectivo a fin de aplicar medidas de debida diligencia reforzada en caso de que el sujeto obligado lo estime necesario en base a su análisis de riesgo”, cerró sobre este punto de la norma.

Los bancos deberán informar, de manera sistemática, todas las operaciones o transacciones realizadas en moneda local o extranjera que involucren entrega o recibo de dinero en efectivo por un valor igual o superior a los US$10.500 mencionados en efectivo. El reporte contendrá la siguiente información, según el decreto: datos identificatorios de la persona que realizó la transacción (operador de los fondos); de la persona en nombre de la cual se realizó la transacción (titular de los fondos) y de las personas vinculadas al producto al cual o desde el cual se destinan los fondos; el tipo de transacción y/u operación de que se trata (depósitos o extracciones); la fecha, el monto de la operación o transacción en pesos o su equivalente y la moneda de origen.

El artículo 3 de la norma de la UIF, por tanto, señaló: “Suspéndase por única vez las actualizaciones de los umbrales previstos en los artículos 16 y 26 de la Resolución UIF N° 127/2012, procediéndose a la actualización periódica a partir de enero de 2026″. Esto implica que los umbrales contenidos en esta norma no se actualizarán este julio.

El plan para los dólares

El 23 de mayo pasado, el Gobierno presentó el Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos para alentar a los contribuyentes a utilizar los miles de millones que tienen escondidos en “el colchón”. El paquete de medidas –un “cambio de régimen”, según definieron desde el oficialismo– implica una fuerte desregulación de la información personal que tiene la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), cambios en los registros que exige la UIF, aumentos de los umbrales para pedir informes sobre operaciones de los contribuyentes, y termina en una declaración simplificada de Ganancias para alentar la formalización lanzada este mes.

A esta batería de medidas se le agregará el intento oficial de modificar dos sensibles leyes en el Congreso para blindar el cambio.

En el marco de las medidas anunciadas por el Gobierno para que los argentinos usen los dólares en el colchón, la Unidad de Información Financiera (UIF) flexibilizó los controles para comprar autos, inmuebles y hacer depósitos bancarios en efectivo.

Según la resolución 78/2025 a la que accedió LA NACION, firmada este miércoles, pero que se publicó hoy en el Boletín Oficial, esas operaciones tendrán nuevos umbrales para quedar en la mira de los organismos de control.

Según la normativa, sólo se informarán desde ahora las inscripciones de compraventa de inmuebles por montos superiores a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos, vitales y móviles. Esto quiere decir a $235.050.000, o sea, unos US$200.000 al tipo de cambio de hoy. Previamente, estaba en los 200 salarios, o sea, $62.680.000.

Para la compra de autos, en tanto, el artículo dos de la norma estimó que en el caso de clientes que realicen las operaciones sobre automotores por un monto anual que alcance o supere la suma de $115.000.000 [monto que también se actualizará en enero y julio], los sujetos obligados deberán definir un perfil del cliente, que estará basado en la información y documentación relativa a la situación económica, patrimonial y financiera (copia autenticada de escritura por la cual se justifiquen los fondos con los que se realizó la compra; documentación bancaria de donde surja la existencia de los fondos; documentación que acredite la venta de bienes muebles, inmuebles, valores o semovientes, por importes suficientes; declaración jurada de origen y licitud de los fondos y/o cualquier otra documentación que respalde la tenencia de fondos lícitos suficientes para realizar la operación) que hubiera proporcionado el cliente, y/o en la información y documentación que hubiera podido obtener el propio sujeto obligado. Los sujetos obligados no podrán requerir declaraciones juradas impositivas”, se escribió.

El monto estaba en los $100.207.388, según pudo verificar LA NACION.

Además, se sube otro umbral vinculado la adquisición de autos asociado al inciso 2 del artículo 26 de la Resolución UIF N° 127/2012 y sus modificatorias. Pasará a ser por un monto superior a $50.000.000. En la actualidad está en $43.423.202, según los expertos.

“Los montos establecidos en el presente artículo serán actualizados de manera automática durante los meses de enero y julio de cada periodo, en base al porcentaje de incremento del Índice de Precios del Sector Automotor acumulado en los últimos 6 meses, a partir del día siguiente hábil de la fecha de la publicación en la página web de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina”, dice el texto.

Los depósitos en efectivo

Con relación a los depósitos en efectivo, el artículo 6 de la renovada legislación, habla de que se pedirá información sobre el origen de los fondos cuando superen los $12.536000, casi unos US$10.500 Actualmente, esa barrera estaba en los US$5000.

“En aquellos depósitos por importes iguales o superiores a cuarenta (40) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, los sujetos obligados [en este caso los bancos] deberán identificar a la persona que efectúe la operación, en los términos establecidos en la presente resolución, requiriéndole información y dejando constancia de ello, si es realizada por sí o por cuenta de un tercero, en cuyo caso, se procederá a recabar el nombre completo y/o denominación social de este último, y el número de documento o clave de identificación fiscal (CUIT, CUIL o CDI), según corresponda”, se estimó en ese articulado.

“Aquellas operaciones que se realicen utilizando algún medio de identificación con clave provisto previamente por el sujeto obligado al depositante, tales como tarjetas magnéticas, o los efectuados en cuentas recaudadoras, quedarán exceptuados del procedimiento de identificación de la persona que lo efectúa debiendo, no obstante, registrarse por cuenta de quién es efectuada la transacción”, dijeron.

“Cada sujeto obligado deberá tomar medidas tendientes a mitigar los riesgos de LA/FT/FP de aquellas actividades que operen altos volúmenes de dinero en efectivo a fin de aplicar medidas de debida diligencia reforzada en caso de que el sujeto obligado lo estime necesario en base a su análisis de riesgo”, cerró sobre este punto de la norma.

Los bancos deberán informar, de manera sistemática, todas las operaciones o transacciones realizadas en moneda local o extranjera que involucren entrega o recibo de dinero en efectivo por un valor igual o superior a los US$10.500 mencionados en efectivo. El reporte contendrá la siguiente información, según el decreto: datos identificatorios de la persona que realizó la transacción (operador de los fondos); de la persona en nombre de la cual se realizó la transacción (titular de los fondos) y de las personas vinculadas al producto al cual o desde el cual se destinan los fondos; el tipo de transacción y/u operación de que se trata (depósitos o extracciones); la fecha, el monto de la operación o transacción en pesos o su equivalente y la moneda de origen.

El artículo 3 de la norma de la UIF, por tanto, señaló: “Suspéndase por única vez las actualizaciones de los umbrales previstos en los artículos 16 y 26 de la Resolución UIF N° 127/2012, procediéndose a la actualización periódica a partir de enero de 2026″. Esto implica que los umbrales contenidos en esta norma no se actualizarán este julio.

El plan para los dólares

El 23 de mayo pasado, el Gobierno presentó el Plan de Reparación Histórica de los Ahorros de los Argentinos para alentar a los contribuyentes a utilizar los miles de millones que tienen escondidos en “el colchón”. El paquete de medidas –un “cambio de régimen”, según definieron desde el oficialismo– implica una fuerte desregulación de la información personal que tiene la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), cambios en los registros que exige la UIF, aumentos de los umbrales para pedir informes sobre operaciones de los contribuyentes, y termina en una declaración simplificada de Ganancias para alentar la formalización lanzada este mes.

A esta batería de medidas se le agregará el intento oficial de modificar dos sensibles leyes en el Congreso para blindar el cambio.

 La Unidad de Información Financiera oficializó los cambios a través de una resolución en el Boletín Oficial  LA NACION