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viernes, junio 13, 2025
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El tan esperado golpe a la impunidad

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La Corte Suprema de Justicia hizo lo que tenía que hacer. Sus tres jueces –Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti– rechazaron por unanimidad los recursos de queja presentados por los abogados defensores de los nueve condenados en la llamada causa Vialidad, confirmando así los seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos para la expresidenta Cristina Kirchner por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. De este modo, el máximo tribunal del país confirmó el fallo condenatorio que emitió la Cámara de Casación, que a su vez había ratificado la sentencia del Tribunal Oral Federal Nº 2.

El mensaje del máximo tribunal del país es concluyente: nadie, más allá del poder político que ostente, puede quedar impune si comete actos de corrupción.

La causa judicial, iniciada en 2016, investigó la tramitación de 51 procesos de licitación pública manifiestamente irregulares, que beneficiaron a empresas vinculadas a Lázaro Báez, para la realización de obras viales en rutas nacionales y provinciales de la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015. De acuerdo con la sentencia, existió una “maquinaria de corrupción”, que contó con “un rol central” de la expresidenta de la Nación, en función de sus “lazos promiscuos y corruptos” con Lázaro Báez.

Con la confirmación de la condena por parte de la Corte Suprema, se pone fin a un proceso en el que participaron 14 jueces, quienes, sin excepción alguna, hallaron culpable a Cristina Kirchner. Hay que sumar a esos magistrados los seis fiscales que intervinieron en la investigación, incluido el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, quien había solicitado que se agravara la condena a 12 años de prisión, por entender que la expresidenta habría actuado también como jefa de una asociación ilícita.

La expresidenta buscó reemplazar con argumentos políticos la ausencia de fundamentos que avalaran su inocencia

Al rechazar el recurso de queja presentado por los abogados de la expresidenta, la Corte sostuvo que la cuestión sobre el delito imputado quedó zanjada con “sobrada prueba” en los fallos del Tribunal Oral Federal y de la Cámara de Casación, al tiempo que consideró que no se probó la existencia de un supuesto de arbitrariedad en las sentencias ni se demostró que, durante el proceso, se haya vulnerado alguna garantía constitucional. “El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”, señalaron en sus fundamentos los jueces del máximo tribunal.

La Corte no hizo más que ratificar su doctrina, según la cual el recurso extraordinario federal es un remedio excepcional, que no suple a las instancias judiciales anteriores, salvo un grueso error en el derecho, y que el superior tribunal de la república no es una tercera instancia, sino el último garante de las declaraciones, derechos y garantías de todos los habitantes de la Nación.

En sus declaraciones posteriores a la difusión de la acertada decisión de la Corte, Cristina Kirchner insistió en victimizarse y considerarse objeto de una persecución política, judicial y mediática, además de atribuir su condena a razones electorales: habló insólitamente de un “cepo al voto popular” orquestado desde “el poder económico concentrado”, por producirse un mes antes de la oficialización de las candidaturas a cargos electivos en la provincia de Buenos Aires. En síntesis, ante la abundancia de pruebas sobre la escandalosa corrupción que caracterizó su gestión, buscó reemplazar con argumentos políticos la ausencia de fundamentos que avalaran su inocencia.

Ir a la cárcel no es un “certificado de dignidad”, como expresó Cristina Kirchner. Es, por el contrario, la ratificación de que, al menos esta vez, se ha hecho justicia y se ha dado un paso trascendente para que la sociedad argentina y su clase dirigente adviertan que quien las hace las paga, sin importar el cargo público que ocupe.

El histórico fallo de la Corte es la comprobación de que la política debe dejar de ser un vehículo para el enriquecimiento de los funcionarios y los amigos del poder, y que la función pública no puede seguir siendo una licencia para robar y gozar de impunidad.

La Corte Suprema de Justicia hizo lo que tenía que hacer. Sus tres jueces –Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti– rechazaron por unanimidad los recursos de queja presentados por los abogados defensores de los nueve condenados en la llamada causa Vialidad, confirmando así los seis años de prisión y la inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos para la expresidenta Cristina Kirchner por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. De este modo, el máximo tribunal del país confirmó el fallo condenatorio que emitió la Cámara de Casación, que a su vez había ratificado la sentencia del Tribunal Oral Federal Nº 2.

El mensaje del máximo tribunal del país es concluyente: nadie, más allá del poder político que ostente, puede quedar impune si comete actos de corrupción.

La causa judicial, iniciada en 2016, investigó la tramitación de 51 procesos de licitación pública manifiestamente irregulares, que beneficiaron a empresas vinculadas a Lázaro Báez, para la realización de obras viales en rutas nacionales y provinciales de la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015. De acuerdo con la sentencia, existió una “maquinaria de corrupción”, que contó con “un rol central” de la expresidenta de la Nación, en función de sus “lazos promiscuos y corruptos” con Lázaro Báez.

Con la confirmación de la condena por parte de la Corte Suprema, se pone fin a un proceso en el que participaron 14 jueces, quienes, sin excepción alguna, hallaron culpable a Cristina Kirchner. Hay que sumar a esos magistrados los seis fiscales que intervinieron en la investigación, incluido el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, quien había solicitado que se agravara la condena a 12 años de prisión, por entender que la expresidenta habría actuado también como jefa de una asociación ilícita.

La expresidenta buscó reemplazar con argumentos políticos la ausencia de fundamentos que avalaran su inocencia

Al rechazar el recurso de queja presentado por los abogados de la expresidenta, la Corte sostuvo que la cuestión sobre el delito imputado quedó zanjada con “sobrada prueba” en los fallos del Tribunal Oral Federal y de la Cámara de Casación, al tiempo que consideró que no se probó la existencia de un supuesto de arbitrariedad en las sentencias ni se demostró que, durante el proceso, se haya vulnerado alguna garantía constitucional. “El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”, señalaron en sus fundamentos los jueces del máximo tribunal.

La Corte no hizo más que ratificar su doctrina, según la cual el recurso extraordinario federal es un remedio excepcional, que no suple a las instancias judiciales anteriores, salvo un grueso error en el derecho, y que el superior tribunal de la república no es una tercera instancia, sino el último garante de las declaraciones, derechos y garantías de todos los habitantes de la Nación.

En sus declaraciones posteriores a la difusión de la acertada decisión de la Corte, Cristina Kirchner insistió en victimizarse y considerarse objeto de una persecución política, judicial y mediática, además de atribuir su condena a razones electorales: habló insólitamente de un “cepo al voto popular” orquestado desde “el poder económico concentrado”, por producirse un mes antes de la oficialización de las candidaturas a cargos electivos en la provincia de Buenos Aires. En síntesis, ante la abundancia de pruebas sobre la escandalosa corrupción que caracterizó su gestión, buscó reemplazar con argumentos políticos la ausencia de fundamentos que avalaran su inocencia.

Ir a la cárcel no es un “certificado de dignidad”, como expresó Cristina Kirchner. Es, por el contrario, la ratificación de que, al menos esta vez, se ha hecho justicia y se ha dado un paso trascendente para que la sociedad argentina y su clase dirigente adviertan que quien las hace las paga, sin importar el cargo público que ocupe.

El histórico fallo de la Corte es la comprobación de que la política debe dejar de ser un vehículo para el enriquecimiento de los funcionarios y los amigos del poder, y que la función pública no puede seguir siendo una licencia para robar y gozar de impunidad.

 La Corte Suprema le puso el broche de oro a un proceso judicial histórico, cuyo mensaje es que la función pública no puede implicar una licencia para robar  LA NACION