Choque de poderes: en medio del caso de Cristina, el Gobierno y la Corte se disputan el control de los bienes decomisados por delitos

En momentos en que se inminente una definición sobre el remate de los bienes de Cristina Kirchner como parte de su condena por la causa Vialidad, se abrió una disputa entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial para definir quién se queda con el control y la administración de todos los bienes recuperados producto del delito y la corrupción.
Un mes antes de que el tribunal oral federal 2 decidiera si envía a remate las propiedades de la expresidenta Cristina Kirchner y las de los otros ocho condenados, incluído Lázaro Báez, la Corte estableció un reglamento de bienes decomisados, en e que se reserva su registro y administración.
Pero hoy, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial un decreto de necesidad y urgencia (DNU) en el cual se reserva las mismas facultades y crea un Consejo de Bienes Recuperados.
Esta superposición entre los dos poderes del Estado, que chocan entre sí, deberá ser definida a la larga por la Justicia, ya que las normas en pugna son una acordada de la Corte, basada en la ley de autarquía del Poder Judicial, contra un decreto de necesidad y urgencia de Javier Milei.
Los jueces federales de Comodoro Py, que hasta ayer estaban enviando a la Corte informes de los bienes que tenían decomisados para que disponga su uso y administración, ahora estaban perdidos en cuanto a cómo proceder.
Una fuente de los tribunales consultada por LA NACION señaló que probablemente se haga un planteo, ante este conflicto, para que sea la Corte la que diga la última palabra.
El DNU 575/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, modifica implícitamente una ley que dice que los bienes decomisados “son específicos del Poder Judicial”.
El decreto señala que modifica las erogaciones presupuestarias y con ello avanza sobre la norma que prevé la gestión judicial sobre los bienes recuperados. Y reserva al Ministerio de Justicia “la administración y conservación de estos bienes” y la confección de un inventario público y actualizado, con trazabilidad de los bienes y sus producidos, “en miras a garantizar la transparencia en todas las etapas del proceso”.
“Decreto mata acordada”
“Decreto de necesidad y urgencia mata acordada”, dijeron en el Gobierno a la hora de interpretar cómo se resuelve este conflicto. En la Justicia creen que se avanzó sobre sus facultades.
El argumento oficial es que hoy los responsables de estos bienes están dispersos y que ahora quedarían centralizados. Por eso, el decreto “no solo ordena y sistematiza un conjunto normativo actualmente disperso, sino que amplía sustancialmente el universo de bienes alcanzados por las medidas de conservación, administración y disposición, al consolidar en una única vía legal los recursos provenientes de procesos penales de la justicia nacional y federal y de extinción de dominio”.
El decreto establece nuevas funciones y disposición de recursos para la Agencia de Administración de Bienes del Estado, la cual ejercerá como “órgano rector” a cargo de los bienes inmuebles del Estado. Se estableció la creación de un régimen y un consejo para la conservación y administración de bienes recuperados de actividades ilícitas.
Esto sucede el mismo día en que venció el plazo para que Cristina Kirchner deposite, junto con el resto de los condenados en la causa Vialidad, los 530 millones de dólares establecidos por el tribunal oral por el decomiso de bienes para reparar el perjuicio ocasionado al Estado. Y nadie puso un peso.
Además, se creó el Consejo de Bienes Recuperados en favor del Estado Nacional que se encargará de la “supervisión, evaluación y toma de decisiones orientadas a la coordinación interinstitucional, la asignación de recursos y el seguimiento de dichos bienes”.
Quedan fuera las multas de los delitos de trata, el decomiso de dinero en casos de narcotráfico y de la vado de dinero, donde las leyes les dan una asignación específica en cada caso. Por ejemplo para la atención de las víctimas o para equipar a las fuerzas de seguridad e investigadores judiciales.
Dos acordadas
La Corte, por su parte, dictó hace un mes dos acordadas: una para crear este registro y otra para regular la manera en que se rematarán online los bienes decomisados a partir del 1° de octubre. Si se llega a tiempo en el caso Vialidad, puede que se utilice este mecanismo, dijeron fuentes judiciales a LA NACION.
La Corte estableció que los bienes decomisados y lo recaudado con su remate o alquiler constituyen recursos específicos y propios del Poder Judicial de la Nación. “Entre ellos están los efectos secuestrados en causas penales que no hayan podido entregarse a sus dueños” y los “objetos comisados”, precisó.
La Corte es la que se reservó facultades de “determinar el régimen de percepción, administración y contralor de sus recursos” y para “adoptar las medidas que considere convenientes para efectuar el control y exigir el cobro de [esos] recursos”.
En su acordada del 22 de julio pasado, regló el proceso para que otros organismos puedan ser beneficiarios de los bienes y transparentarlos en un registro publicado en la página oficial de la Corte.
La Corte puede disponer la asignación de estos bienes para su propio funcionamiento, del Poder Judicial, del Consejo de la Magistratura o el Ministerio Público Fiscal, “así como de otras reparticiones nacionales o locales que acrediten fehacientemente una finalidad de interés público, puedan ser beneficiarias de asignaciones provisorias de bienes muebles secuestrados que por su valor económico y cultural puedan cumplir una utilidad social”.
Para ello, los publicarán con fotos en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y/o Comisados en Causas Penales de competencia de la Justicia Nacional y Federal (BBSD), que estará disponible para el público en un micrositio en la página web de la Corte. Se preservará la identidad de los titulares de los bienes y de los terceros, sin indicación de los detalles concretos de su identificación.
Los que reciban los bienes deben mantenerlos y conservarlos. En caso de vehículos, embarcaciones y aeronaves, deberán asegurarse y quien los recibe debe pagar las multas por infracciones a las leyes de tránsito.
Para organizar esta tarea se creó una Unidad de Coordinación de la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura. Asimismo, dispuso en otra acordada un mecanismo online de remate digital para los bienes con anonimato de los postores, participación del público y control ciudadano. Se trata del Reglamento de Subastas Electrónicas Judiciales.
En momentos en que se inminente una definición sobre el remate de los bienes de Cristina Kirchner como parte de su condena por la causa Vialidad, se abrió una disputa entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial para definir quién se queda con el control y la administración de todos los bienes recuperados producto del delito y la corrupción.
Un mes antes de que el tribunal oral federal 2 decidiera si envía a remate las propiedades de la expresidenta Cristina Kirchner y las de los otros ocho condenados, incluído Lázaro Báez, la Corte estableció un reglamento de bienes decomisados, en e que se reserva su registro y administración.
Pero hoy, el Gobierno publicó en el Boletín Oficial un decreto de necesidad y urgencia (DNU) en el cual se reserva las mismas facultades y crea un Consejo de Bienes Recuperados.
Esta superposición entre los dos poderes del Estado, que chocan entre sí, deberá ser definida a la larga por la Justicia, ya que las normas en pugna son una acordada de la Corte, basada en la ley de autarquía del Poder Judicial, contra un decreto de necesidad y urgencia de Javier Milei.
Los jueces federales de Comodoro Py, que hasta ayer estaban enviando a la Corte informes de los bienes que tenían decomisados para que disponga su uso y administración, ahora estaban perdidos en cuanto a cómo proceder.
Una fuente de los tribunales consultada por LA NACION señaló que probablemente se haga un planteo, ante este conflicto, para que sea la Corte la que diga la última palabra.
El DNU 575/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, modifica implícitamente una ley que dice que los bienes decomisados “son específicos del Poder Judicial”.
El decreto señala que modifica las erogaciones presupuestarias y con ello avanza sobre la norma que prevé la gestión judicial sobre los bienes recuperados. Y reserva al Ministerio de Justicia “la administración y conservación de estos bienes” y la confección de un inventario público y actualizado, con trazabilidad de los bienes y sus producidos, “en miras a garantizar la transparencia en todas las etapas del proceso”.
“Decreto mata acordada”
“Decreto de necesidad y urgencia mata acordada”, dijeron en el Gobierno a la hora de interpretar cómo se resuelve este conflicto. En la Justicia creen que se avanzó sobre sus facultades.
El argumento oficial es que hoy los responsables de estos bienes están dispersos y que ahora quedarían centralizados. Por eso, el decreto “no solo ordena y sistematiza un conjunto normativo actualmente disperso, sino que amplía sustancialmente el universo de bienes alcanzados por las medidas de conservación, administración y disposición, al consolidar en una única vía legal los recursos provenientes de procesos penales de la justicia nacional y federal y de extinción de dominio”.
El decreto establece nuevas funciones y disposición de recursos para la Agencia de Administración de Bienes del Estado, la cual ejercerá como “órgano rector” a cargo de los bienes inmuebles del Estado. Se estableció la creación de un régimen y un consejo para la conservación y administración de bienes recuperados de actividades ilícitas.
Esto sucede el mismo día en que venció el plazo para que Cristina Kirchner deposite, junto con el resto de los condenados en la causa Vialidad, los 530 millones de dólares establecidos por el tribunal oral por el decomiso de bienes para reparar el perjuicio ocasionado al Estado. Y nadie puso un peso.
Además, se creó el Consejo de Bienes Recuperados en favor del Estado Nacional que se encargará de la “supervisión, evaluación y toma de decisiones orientadas a la coordinación interinstitucional, la asignación de recursos y el seguimiento de dichos bienes”.
Quedan fuera las multas de los delitos de trata, el decomiso de dinero en casos de narcotráfico y de la vado de dinero, donde las leyes les dan una asignación específica en cada caso. Por ejemplo para la atención de las víctimas o para equipar a las fuerzas de seguridad e investigadores judiciales.
Dos acordadas
La Corte, por su parte, dictó hace un mes dos acordadas: una para crear este registro y otra para regular la manera en que se rematarán online los bienes decomisados a partir del 1° de octubre. Si se llega a tiempo en el caso Vialidad, puede que se utilice este mecanismo, dijeron fuentes judiciales a LA NACION.
La Corte estableció que los bienes decomisados y lo recaudado con su remate o alquiler constituyen recursos específicos y propios del Poder Judicial de la Nación. “Entre ellos están los efectos secuestrados en causas penales que no hayan podido entregarse a sus dueños” y los “objetos comisados”, precisó.
La Corte es la que se reservó facultades de “determinar el régimen de percepción, administración y contralor de sus recursos” y para “adoptar las medidas que considere convenientes para efectuar el control y exigir el cobro de [esos] recursos”.
En su acordada del 22 de julio pasado, regló el proceso para que otros organismos puedan ser beneficiarios de los bienes y transparentarlos en un registro publicado en la página oficial de la Corte.
La Corte puede disponer la asignación de estos bienes para su propio funcionamiento, del Poder Judicial, del Consejo de la Magistratura o el Ministerio Público Fiscal, “así como de otras reparticiones nacionales o locales que acrediten fehacientemente una finalidad de interés público, puedan ser beneficiarias de asignaciones provisorias de bienes muebles secuestrados que por su valor económico y cultural puedan cumplir una utilidad social”.
Para ello, los publicarán con fotos en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados y/o Comisados en Causas Penales de competencia de la Justicia Nacional y Federal (BBSD), que estará disponible para el público en un micrositio en la página web de la Corte. Se preservará la identidad de los titulares de los bienes y de los terceros, sin indicación de los detalles concretos de su identificación.
Los que reciban los bienes deben mantenerlos y conservarlos. En caso de vehículos, embarcaciones y aeronaves, deberán asegurarse y quien los recibe debe pagar las multas por infracciones a las leyes de tránsito.
Para organizar esta tarea se creó una Unidad de Coordinación de la Dirección de Gestión Interna e Infraestructura. Asimismo, dispuso en otra acordada un mecanismo online de remate digital para los bienes con anonimato de los postores, participación del público y control ciudadano. Se trata del Reglamento de Subastas Electrónicas Judiciales.
Tras la resolución contra Cristina Kirchner, el Poder Ejecutivo firmó un DNU para armar una unidad que conserve y administre bienes mal habidos; antes, el máximo tribunal había creado un reglamento que disponía lo mismo, pero en su órbita LA NACION