Condenaron a dos dueños y una médica del geriátrico de Belgrano por la muerte de diez personas

El Tribunal Oral N° 12 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires dio a conocer el veredicto en el juicio por la muerte de diez residentes del geriátrico Apart Los Incas, ocurrida tras un brote de Covid-19 en abril de 2020.
El fallo dispuso tres condenas con penas de prisión condicional e inhabilitaciones especiales, y tres absoluciones. La lectura de la sentencia se realizó en la sede del juzgado, ubicada en la esquina de Beruti y Coronel Díaz, ante la presencia de familiares, abogados y funcionarios.
Hugo Eduardo Visca, uno de los dueños del geriátrico, fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional y a cuatro años de inhabilitación para dirigir y administrar residencias geriátricas. También deberá fijar residencia, someterse al Patronato de Liberados, realizar 100 horas de trabajo comunitario y asistir a un taller de resolución de conflictos dictado por el Poder Judicial.
La misma pena recibió Luis Daniel Megyes, otro de los dueños y socio de Visca, quien deberá cumplir idénticas condiciones. Ambos fueron considerados responsables de los delitos de propagación culposa de una enfermedad peligrosa y contagiosa agravada por el resultado muerte, en concurso con la violación de medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia.
La médica Carla Lorena Raffo también fue hallada culpable. Recibió dos años de prisión condicional y cuatro años de inhabilitación para ejercer como directora médica en establecimientos geriátricos, más el pago de las costas del proceso. Fue la única imputada que hizo uso de la palabra en la última audiencia.
En su mensaje, la médica calificó el juicio como un “infundio” y afirmó que actuó de buena fe en un contexto angustiante. Sin embargo, sus palabras no convencieron a los representantes de las víctimas. Desde la querella interpretaron que Raffo intentó posicionarse como víctima sin asumir su responsabilidad. Cuestionaron que no estuviera presente en el geriátrico cuando los residentes más la necesitaban.
Según señalaron, ella misma admitió que estaba abocada a otros compromisos profesionales, como colaborar con protocolos sanitarios. También remarcaron que su reciente maternidad no justificaba su ausencia, más aún teniendo en cuenta que era la médica de cabecera de algunos pacientes.
“Lo único que tenía que hacer era llamar al 107, y no lo hizo”, indicaron antes de la sentencia. Además, observaron que en las audiencias se quebraba emocionalmente al hablar de sus hijos, pero no mostró el mismo nivel de empatía hacia las víctimas ni hacia los familiares que perdieron a sus seres queridos.
El tribunal resolvió absolver por unanimidad a Paula Verónica Trunzo, exfuncionaria del Gobierno de la Ciudad encargada de fiscalizar geriátricos. Consideraron que las herramientas normativas vigentes en ese momento no le daban margen de acción.
También fueron absueltas Daniela Alejandra Gonzalo y Alicia Haydée Allegue, también socias de la institución, al no haberse acreditado su responsabilidad penal. Como resultado, se levantaron las medidas cautelares que pesaban sobre ellas desde 2020, como la prohibición de salida del país, la suspensión en sus cargos y los embargos preventivos.
El caso
La sentencia llegó cinco años después del brote que obligó a evacuar el geriátrico, ubicado en la esquina de Avenida de los Incas y Zapiola. El 21 de abril de 2020, tras varias denuncias de familiares, las autoridades intervinieron el establecimiento. Diez personas fallecieron y el geriátrico fue clausurado. El juicio oral comenzó el 19 de mayo último y estuvo a cargo de los jueces Juan Manuel Neumann, María Julia Correa y Norberto Circo.
Uno de los testimonios más relevantes del juicio fue el de Sergio Federovisky, hijo de Delia Ivanac, una de las víctimas. Su declaración permitió visibilizar el estado de abandono en que se encontraban los residentes: sin médicos ni personal capacitado, fueron dejados al cuidado de un electricista, un enfermero y un empleado de mantenimiento. “Mi madre el viernes por la noche sufrió un accidente cuando el electricista intentó moverla. Ella no caminaba, se le cayó y le provocó una fractura de pelvis”, declaró.
A lo largo del debate también se exhibió documentación que revelaba graves irregularidades en el geriátrico antes del brote: historias clínicas sin actualizar, falta de seguimiento médico y personal obligado a trabajar pese a presentar síntomas compatibles con Covid-19. Para la querella, estos elementos reforzaron la responsabilidad de quienes estaban a cargo de la institución. “Todo eso está sustentado en la prueba. No es interpretación”, afirmaron.
Durante el juicio, tanto la fiscalía como los abogados querellantes habían solicitado penas de entre tres y ocho años de prisión, además de inhabilitaciones. Para Megyes se pidió entre tres y ocho años; para Visca y Raffo, entre tres y seis; y para Gonzalo y Allegue, tres años. En el caso de Trunzo, el propio Ministerio Público pidió su absolución, a lo que adhirieron las querellas. “La fiscalía pidió el desistimiento de la acusación para Trunzo, nosotros adherimos, como también lo hicieron otras querellas”, explicó el abogado Ignacio Trimarco, representante de varias familias.
Trimarco también remarcó que el caso constituye un punto de inflexión. “Creo que es un caso bisagra. Después de esto se endurecieron los controles y las penas para quienes no cumplen con los cuidados que requiere una población vulnerable”, sostuvo.
El Tribunal Oral N° 12 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires dio a conocer el veredicto en el juicio por la muerte de diez residentes del geriátrico Apart Los Incas, ocurrida tras un brote de Covid-19 en abril de 2020.
El fallo dispuso tres condenas con penas de prisión condicional e inhabilitaciones especiales, y tres absoluciones. La lectura de la sentencia se realizó en la sede del juzgado, ubicada en la esquina de Beruti y Coronel Díaz, ante la presencia de familiares, abogados y funcionarios.
Hugo Eduardo Visca, uno de los dueños del geriátrico, fue condenado a dos años de prisión de ejecución condicional y a cuatro años de inhabilitación para dirigir y administrar residencias geriátricas. También deberá fijar residencia, someterse al Patronato de Liberados, realizar 100 horas de trabajo comunitario y asistir a un taller de resolución de conflictos dictado por el Poder Judicial.
La misma pena recibió Luis Daniel Megyes, otro de los dueños y socio de Visca, quien deberá cumplir idénticas condiciones. Ambos fueron considerados responsables de los delitos de propagación culposa de una enfermedad peligrosa y contagiosa agravada por el resultado muerte, en concurso con la violación de medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia.
La médica Carla Lorena Raffo también fue hallada culpable. Recibió dos años de prisión condicional y cuatro años de inhabilitación para ejercer como directora médica en establecimientos geriátricos, más el pago de las costas del proceso. Fue la única imputada que hizo uso de la palabra en la última audiencia.
En su mensaje, la médica calificó el juicio como un “infundio” y afirmó que actuó de buena fe en un contexto angustiante. Sin embargo, sus palabras no convencieron a los representantes de las víctimas. Desde la querella interpretaron que Raffo intentó posicionarse como víctima sin asumir su responsabilidad. Cuestionaron que no estuviera presente en el geriátrico cuando los residentes más la necesitaban.
Según señalaron, ella misma admitió que estaba abocada a otros compromisos profesionales, como colaborar con protocolos sanitarios. También remarcaron que su reciente maternidad no justificaba su ausencia, más aún teniendo en cuenta que era la médica de cabecera de algunos pacientes.
“Lo único que tenía que hacer era llamar al 107, y no lo hizo”, indicaron antes de la sentencia. Además, observaron que en las audiencias se quebraba emocionalmente al hablar de sus hijos, pero no mostró el mismo nivel de empatía hacia las víctimas ni hacia los familiares que perdieron a sus seres queridos.
El tribunal resolvió absolver por unanimidad a Paula Verónica Trunzo, exfuncionaria del Gobierno de la Ciudad encargada de fiscalizar geriátricos. Consideraron que las herramientas normativas vigentes en ese momento no le daban margen de acción.
También fueron absueltas Daniela Alejandra Gonzalo y Alicia Haydée Allegue, también socias de la institución, al no haberse acreditado su responsabilidad penal. Como resultado, se levantaron las medidas cautelares que pesaban sobre ellas desde 2020, como la prohibición de salida del país, la suspensión en sus cargos y los embargos preventivos.
El caso
La sentencia llegó cinco años después del brote que obligó a evacuar el geriátrico, ubicado en la esquina de Avenida de los Incas y Zapiola. El 21 de abril de 2020, tras varias denuncias de familiares, las autoridades intervinieron el establecimiento. Diez personas fallecieron y el geriátrico fue clausurado. El juicio oral comenzó el 19 de mayo último y estuvo a cargo de los jueces Juan Manuel Neumann, María Julia Correa y Norberto Circo.
Uno de los testimonios más relevantes del juicio fue el de Sergio Federovisky, hijo de Delia Ivanac, una de las víctimas. Su declaración permitió visibilizar el estado de abandono en que se encontraban los residentes: sin médicos ni personal capacitado, fueron dejados al cuidado de un electricista, un enfermero y un empleado de mantenimiento. “Mi madre el viernes por la noche sufrió un accidente cuando el electricista intentó moverla. Ella no caminaba, se le cayó y le provocó una fractura de pelvis”, declaró.
A lo largo del debate también se exhibió documentación que revelaba graves irregularidades en el geriátrico antes del brote: historias clínicas sin actualizar, falta de seguimiento médico y personal obligado a trabajar pese a presentar síntomas compatibles con Covid-19. Para la querella, estos elementos reforzaron la responsabilidad de quienes estaban a cargo de la institución. “Todo eso está sustentado en la prueba. No es interpretación”, afirmaron.
Durante el juicio, tanto la fiscalía como los abogados querellantes habían solicitado penas de entre tres y ocho años de prisión, además de inhabilitaciones. Para Megyes se pidió entre tres y ocho años; para Visca y Raffo, entre tres y seis; y para Gonzalo y Allegue, tres años. En el caso de Trunzo, el propio Ministerio Público pidió su absolución, a lo que adhirieron las querellas. “La fiscalía pidió el desistimiento de la acusación para Trunzo, nosotros adherimos, como también lo hicieron otras querellas”, explicó el abogado Ignacio Trimarco, representante de varias familias.
Trimarco también remarcó que el caso constituye un punto de inflexión. “Creo que es un caso bisagra. Después de esto se endurecieron los controles y las penas para quienes no cumplen con los cuidados que requiere una población vulnerable”, sostuvo.
Hugo Eduardo Visca, Luis Daniel Megyes y Carla Lorena Raffo recibieron penas de prisión condicional e inhabilitación; tres acusadas fueron absueltas LA NACION